SAT: tretas de grandes firmas para obtener devoluciones millonarias
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se ha vuelto práctica común en los contribuyentes, como una planeación fiscal agresiva, cubrir créditos fiscales adeudados con la única finalidad
de controvertir los pagos para ganar los juicios y se les devuelva el dinero, con los intereses que liquida la autoridad, que son superiores a los de bancos en instrumentos de inversión.
“Los contribuyentes han utilizado esta estrategia para obtener un enriquecimiento… y han usado al fisco como instrumento para generar rendimientos excesivos de los montos entregados mediante el pago de un crédito fiscal”, lo cual ya ha dado lugar a devoluciones millonarias
, alertó la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT, en el estudio de la contradicción de tesis 158/2018, que está en estudio por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
La oficina del SAT envió a la Suprema Corte un oficio donde advierte que hasta ahora un criterio de la primera sala ha permitido la devolución de los créditos fiscales, más intereses, a empresas que han encontrado la vía de una estrategia fiscal agresiva
para obtener recursos de la hacienda pública.
En el documento se advierte que, de continuar dicho criterio, la situación podría llevar, de acuerdo con sus estimaciones, a la devolución de hasta 31 mil 500 millones de pesos de impuestos pagados de enero a diciembre de 2023, considerando que de esa cantidad, 5 mil 500 millones de pesos son intereses generados.
En ese contexto, los 5 mil 500 millones que podrían obtener los contribuyentes mayores (empresas) son equivalentes al presupuesto asignado en 2024 a la Secretaría de Economía o a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Autoridades judiciales explicaron que, de confirmarse el criterio de la primera sala –que obliga al SAT a devolver los pagos indebidos
con intereses desde la fecha en que el contribuyente realizó los pagos, independientemente de que se hubiera interpuesto un juicio administrativo y hubiera perdido en alguna de las etapas–, la política de devolución se aplicaría de manera generalizada y dejaría sin defensa al SAT.
El pasado 11 de enero el pleno de la SCJN tenía contemplado discutir, y aprobar o rechazar, un proyecto de sentencia presentado por el ministro Gutiérrez Ortiz Mena, que consistía en resolver una contradicción de tesis suscitada entre la primera y la segunda salas de la Corte, para atender los amparos directos en revisión 1991/2016 y 5793/2015.
Hacia el final de la sesión, el ministro ponente dijo a la presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña Hernández: recibí algunos documentos sobre el asunto que está planteado hoy. Yo retiraría el proyecto para poder estudiar estos memorandos y plantearles, en su caso, el proyecto en unos cuantos días
. Piña Hernández declaró entonces que el asunto quedaría retirado para revisarlo
y plantearlo posteriormente.
De acuerdo con fuentes del Poder Judicial de la Federación (PJF) representantes del SAT acudieron a la Corte y se reunieron con varios de los ministros, entre ellos Gutiérrez Ortiz Mena, y le plantearon sus argumentos, además de entregarles un oficio firmado por Armando Ramírez Sánchez, administrador general de Grandes Contribuyentes.