NACIONAL

Oficial en septiembre: Decreta presidente en el DOF creación de IMSS-Bienestar

 

CIUDAD DE MÉXICO. Este miércoles a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Presidente Andrés Manuel López Obrador publicó el decreto para la creación del organismo público descentralizado del IMSS- Bienestar, para garantizar el derecho a la salud.

Así las personas que no cuentan con seguridad social en México podrán recibir atención médica y hospitalaria “de manera gratuita con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna, ya sea mediante el Modelo de Atención Integral a la Salud, del Instituto Mexicano del Seguro Social o, en su caso, el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar”.

 

 

El decreto señala que el IMSS-Bienestar “contará con los recursos presupuestarios, materiales, humanos, financieros y de infraestructura que le transfieran directamente los gobiernos de las entidades federativas con cargo a recursos propios o de libre disposición, o bien, con los recursos del fondo de aportaciones a que se refiere el Artículo 25, fracción II, de la Ley de Coordinación Fiscal, en los términos que fijen los convenios de coordinación que al efecto se celebren; así como, en su caso, aquellos recursos federales etiquetados que se determinen en las disposiciones aplicables”.

Este acuerdo presidencial establece que la Junta de Gobierno del organismo debe instalarse en los 30 días naturales siguientes a la publicación de este documento, y debe estar integrada por el titular del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto; y de las funcionarias y los funcionarios de la Secretaría de Salud (SSa), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la Secretaría de Bienestar, y un representante del sindicato mayoritario de trabajadores.

 

REQUISITOS DE ATENCIÓN 

Mientras que la o el titular de la dirección general será designado por el Presidente y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Ser de nacionalidad mexicana y con una edad mínima de 30 años cumplidos al día de su designación; contar con título profesional mínimo de licenciatura que implique conocimiento especializado en algunas de las disciplinas afines al IMSS-Bienestar, y haber desempeñado algún cargo de nivel decisorio que implique conocimientos en las mismas, con por lo menos cinco años de experiencia.

Este decreto entrará en vigor el 1 de septiembre, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

 

 

 

 

 

 

 

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