SAT da prórroga para habilitar Buzón Tributario
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario y que incumplir con esta obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción.
En un comunicado, el organismo detalló que desde el 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Las únicas excepciones para este requisito son las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos, así como las personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
A su vez, están exentos los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
El SAT explicó que el Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.