SCJN obliga al Congreso de Chihuahua a incluir nulidad por intervención extranjera

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al Congreso de Chihuahua corregir su marco electoral y legislar para establecer como causal de nulidad la injerencia extranjera en los comicios.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte determinó que la reforma electoral local aprobada el 30 de junio pasado incurrió en una omisión, al no armonizar la legislación estatal con lo que ya establece la Constitución Federal en esa materia.

El máximo tribunal analizó cuatro acciones de inconstitucionalidad promovidas contra los cambios a la Constitución de Chihuahua, su Ley Electoral y el Código Municipal, y concluyó que el legislativo local dejó fuera la hipótesis de anulación de una elección cuando se acredite la intervención de actores extranjeros.

Sin efectos para 2027

Pese a la orden, la modificación no alcanzará al proceso electoral 2026-2027, que arranca el 1 de octubre. La SCJN precisó que por el principio de certeza electoral, toda reforma de fondo debe publicarse al menos 90 días antes del inicio del proceso.

En la misma sesión, los ministros advirtieron una segunda omisión legislativa relacionada con la regulación del nepotismo electoral, la cual tampoco podrá ser aplicable para la elección del próximo año.

Invalidan sanciones sin prueba directa

La Corte también echó abajo varios artículos que permitían castigar a candidatos por delitos, nexos con el crimen organizado o financiamiento ilícito realizados por terceros, sin que se demostrara su responsabilidad directa.

El Pleno consideró que esa redacción violaba la presunción de inocencia y el principio de culpabilidad. Asimismo, declaró inconstitucional la pérdida automática del derecho a ser votado como sanción.

Lo que sí se mantuvo vigente es la posibilidad de anular una elección por la presencia de delincuencia sistemática, siempre que se acredite que las irregularidades fueron graves, intencionales y determinantes en el resultado.

El fallo se da en medio de señalamientos públicos sobre presuntas operaciones de agentes extranjeros en temas de seguridad en la entidad, aunque la resolución de la Corte se limitó estrictamente al análisis constitucional de las normas electorales.

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